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    Cha Cha Cha Law | 차차차 법률사무소

    Abogado especializado en la Ley Limón de California

    Si su vehículo comprado o arrendado sigue regresando al concesionario y las reparaciones no dan resultado, la Ley del Limón de California podría ayudarle con una recompra o un acuerdo de «dinero y retención del vehículo».

    • Los defectos recurrentes y las reparaciones constantes no son normales
    • Nos encargamos de negociar con el fabricante por ti
    • Sin costo inicial: el fabricante paga los honorarios del abogado

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      California Lemon Law Attorney

      Si su vehículo comprado o arrendado sigue regresando al concesionario y las reparaciones no dan resultado, la Ley del Limón de California podría ayudarle con una recompra o un acuerdo de «efectivo y retención del vehículo».

      • Los defectos recurrentes y las reparaciones constantes no son normales
      • Nos encargamos de negociar con el fabricante por ti
      • Sin costo inicial: el fabricante paga los honorarios del abogado

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      Su vehículo podría calificar si:

      • El fabricante ha realizado entre 2 y 4 intentos de reparación por el mismo problema
        O
      • Su vehículo ha estado fuera de servicio por un total de más de 30 días
      • El vehículo está cubierto por la garantía original del fabricante (nuevo o usado)
      Verificar mi elegibilidad

      Posibles resultados en una reclamación bajo la Ley del Limón

      • Reembolso
      • Vehículo de reemplazo
      • Liquidación en efectivo

      Ayudamos a que los fabricantes de automóviles rindan cuentas y buscamos el resultado que mejor se adapte a su situación.

      Cómo ayudamos

      01

      Paso

      Revisamos su historial de reparaciones y el estado de su garantía

      02

      Paso

      Nos encargamos de tratar con el fabricante y de impulsar tu reclamo

      03

      Paso

      Luchamos por tu recompra o por un acuerdo de “efectivo y retención”

      Iniciar mi revisión gratuita

      Reclamaciones bajo la Ley del Limón que manejamos

      • Ley del Limón para vehículos recién comprados o arrendados
      • Ley del Limón para motocicletas
      • Reclamaciones relacionadas con los principales fabricantes (Toyota, Honda, Ford, Tesla y más)

      Preguntas frecuentes sobre la Ley del Limón de California

      Un vehículo puede considerarse un «limón» si presenta un defecto sustancial que afecta su seguridad, uso o valor, y el fabricante o concesionario no puede reparar el problema después de un número razonable de intentos mientras el vehículo se encuentra bajo la garantía del fabricante.

      En algunos casos, un vehículo también puede cumplir con los requisitos si ha estado fuera de servicio durante 30 días o más en total debido a reparaciones bajo garantía. Cada situación es diferente, y el historial de reparaciones y el tipo de defecto suelen determinar si el vehículo cumple con los requisitos de la Ley de Vehículos Defectuosos de California.

      El plazo de un caso bajo la Ley del Limón puede variar según varios factores, entre ellos el fabricante involucrado, el historial de reparaciones del vehículo y la complejidad de la reclamación. Algunos casos pueden resolverse en unos pocos meses mediante negociaciones con el fabricante, mientras que otros pueden tardar más si se requiere documentación adicional o se llega a un litigio.

      Dado que cada caso es diferente, el plazo dependerá de los hechos específicos de la situación y de cómo responda el fabricante a la reclamación.

      Sí. Las protecciones de la Ley del Limón de California se aplican tanto a los vehículos comprados como a los arrendados. Si un vehículo arrendado presenta un defecto que cumple con los requisitos durante el período de garantía del fabricante y el fabricante o el concesionario no pueden reparar el problema después de un número razonable de intentos, el vehículo podría tener derecho a una compensación en virtud de la Ley del Limón de California.

      Sí, en algunas situaciones. La Ley del Limón de California puede aplicarse a vehículos usados que aún estén cubiertos por la garantía original del fabricante, incluidos muchos vehículos usados certificados (CPO). Si se presenta un defecto durante el período de garantía y no se puede reparar tras intentos razonables, el vehículo aún podría cumplir con los requisitos de la ley.

      Sí. Los vehículos eléctricos están cubiertos por la Ley del Limón de California al igual que los vehículos a gasolina. Si un vehículo eléctrico presenta un defecto que afecte su seguridad, uso o valor, y el fabricante no puede reparar el problema tras intentos razonables durante el período de garantía, el vehículo podría calificar como un «limón».

      Dependiendo de las circunstancias, una reclamación exitosa bajo la Ley del Limón puede resultar en la recompra del vehículo o en un acuerdo de “efectivo y retención del vehículo”.

      Una recompra suele incluir el reembolso del precio de compra del vehículo, los impuestos, el registro y ciertos otros costos relacionados, menos una deducción por el kilometraje acumulado durante el uso del vehículo antes del primer intento de reparación del defecto.

      El resultado exacto dependerá de los hechos específicos del caso, el historial de reparaciones y las negociaciones con el fabricante.

      Las órdenes de reparación y las facturas de servicio son importantes porque ayudan a demostrar cuándo ocurrió el defecto y cuántos intentos de reparación se realizaron. Estos registros también documentan cuánto tiempo estuvo el vehículo fuera de servicio.

      Si no tienes copias de tus registros de reparación, por lo general se pueden solicitar directamente al concesionario que realizó las reparaciones.

      En Cha Cha Cha Law, no hay honorarios por adelantado y no tienes que pagar nada de tu bolsillo para comenzar. Según la Ley del Limón de California, si el fabricante recompra el vehículo o el caso se resuelve con éxito, el fabricante generalmente es responsable de pagar los honorarios y costos del abogado del consumidor.

      Las consultas también son gratuitas, por lo que puedes analizar tu situación y conocer tus opciones antes de decidir cómo proceder.

      ¿Aún no estás seguro de si cumples con los requisitos? ¡Llama ahora!

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      Teléfono: (213) 351-3513

      Esta página tiene fines meramente informativos y no establece una relación abogado-cliente.